jueves, 14 de mayo de 2015

¿DEBEN DARSE A CONOCER A LOS CIUDADANOS LOS NOMBRES DE TODOS LOS DELINCUENTES?

¿DEBEN DARSE A CONOCER A  LOS CIUDADANOS LOS NOMBRES DE TODOS LOS DELINCUENTES?

[14 de mayo de 2015]

Lo formulado en el título precedente es, a nuestro entender, la cuestión  de fondo y de mayor alcance que se plantea cuando el Consejo General del Poder Judicial avala el Proyecto de Ley del Gobierno relativo a publicar la lista de los defraudadores a la Hacienda Pública. Ello equivale a decir que los mecanismos de control son de dos tipos: 1] mecanismos de control técnico – positivos y 2] mecanismos de control culturales / morales.

Con relación a los delitos de corrupción en el manejo de los asuntos públicos, en sus memorias políticas, recientemente aparecidas, el ex ministro José Manuel Otero Novas[1] distingue causas morales de la corrupción [2] y causas estructurales de la corrupción[3].

Al hablar de las causas estructurales de la corrupción, nos dice Otero Novas:
“Como reacción frente a las inmoralidades que se conocieron en torno al poder durante el siglo XIX, nace en la segúnda parte de aquella centuria el Derecho Administrativo, que, en España y en toda Europa, va sometiendo las facultades de los poderes públicos a límites y controles, a criterios de objetividad. Ya entrado el XX en España, lo hicieron todo tipo de Gobiernos, de izquierdas y de derechas, Maura, Canalejas, Primo de Rivera y luego también el franquismo, muy especialmente a partir de 1956, con muchas y muy importantes leyes en esta materia que dificultaban las prácticas irregulares.”

En el párrafo siguiente al reproducido, el autor, refiriéndose a la década de 1980, se produce “(…) expansión de las facultades discrecionales de los políticos; sin duda con la noble intención del mejoramiento de la sociedad; consideraban – y lo decían – que sobraban las técnicas de objetividad del Derecho Administrativo que les impedían implantar libremente sus ideas, y que bastaba con el pronunciamiento electoral del pueblo cada cuatro años (…)”.

Encontramos muy atinado el enfoque sobre la corrupción que hace Otero de Novas (cuyo libro ya citado merece ser reseñado críticamente en otros muchos aspectos). No obstante, consideramos más omnicomprensivos de la corrupción en el manejo de los asuntos públicos los enfoques contenidos que formulamos en el documento base para las Jornadas que sobre corrupción y transparencia organizó el Centro de Estudios del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo (ICA)[4]. Y consideramos estos enfoques más omnicomprensivos porque establece las relaciones existentes entre los controles técnicos y los controles morales, y, al mismo tiempo formula las relaciones entre éstos y la actuación de los ciudadanos. En apoyo a lo dicho, entresacamos a continuación algunos fragmentos de texto por considerarlos pertinentes al caso.

<<Tomando la formulación técnica usada por los auditores de cuentas, se trata de que existan mecanismos de control adecuadamente diseñados, adecuadamente implantados y adecuadamente mantenidos y renovados.
Los mecanismos de control son protocolos de procedimientos. Y la importancia de la cuestión permite y recomienda la redundancia:

Protocolos de procedimientos obligatorios adecuadamente diseñados, adecuadamente implantados y adecuadamente mantenidos y renovados.<<
Esta formulación incluiría normas de muy diferente rango y alcance. Entre ellas figurarían las normas del Derecho Administrativo, pero también otras, que irían desde las normas contables elaboradas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas hasta los Estatutos de Régimen Interno de los diferentes tipos de Asociaciones, de los Sindicatos y de los Partidos Políticos.

Prosigue el texto a que hacemos referencia:

<<¿No será la corrupción un problema de índole moral?

Si, es un problema moral. Es un problema de mecanismos culturales de control. Pero éstos no son suficiente por si solos.

La moral como norma (norma no formalizada jurídicamente) inscrita en la cultura de un grupo humano, se constituye por medio de la formación / educación transmitida formalmente por escuelas y universidades; y transmitida informalmente por lo que en Antropología cultural se llama enculturación o socialización.

Pero la cultura no es un sistema estático, es un sistema abierto y evolutivo. Y con ello la moral, inscrita en ella. Una de las vías posibles de su evolución es la formación de subculturas, alguna de las cuales podría aceptar como normal (adecuado a norma) el apoderarse de los bienes públicos al margen de la norma troncal.>>

<<Y al igual que la moral (la cultura) constituye un apoyo para el funcionamiento de los mecanismos técnicos de control, también estos constituyen un apoyo para la evolución adecuada de aquélla. Es decir, la cultura y los mecanismos técnicos de control interactúan, mantienen relaciones sistémicas entre sí.”


Y finaliza el documento del Centro de Estudios del ICA:

<<¿Podría la transparencia impedir la corrupción?
La transparencia, es una parte decisiva e imprescindible en los mecanismos de control. Pero debe ir enlazada con otra parte de los mecanismos de control: la fiscalía y la ciudadanía.

La transparencia permitiría, en unos casos, y favorecería, en otros, tanto la intervención de la fiscalía directamente, como la intervención ciudadana requiriendo la acción de la fiscalía y de las fuerzas de orden público.

En última instancia, el elemento que cierra el sistema de mecanismos de control, la clave de bóveda, es el ciudadano. Y éste necesita, imprescindiblemente, la transparencia en el manejo de los asuntos públicos para poder actuar.<<

Recapitulando (aún a riesgo de ser redundantes), la lucha contra la corrupción en el manejo de los asuntos públicos tiene dos pilares: los mecanismos de control técnicos y los mecanismos de control culturales. Ambos se apoyan mutuamente y contribuyen a dar transparencia a la gestión pública. Y es, como consecuencia de esta transparencia, que debe producirse la intervención ciudadana en sus diferentes vías: elecciones democráticas, tribunales de justicia y fuerzas de orden público.

Retomando la cuestión planteada al comienzo del presente texto ¿DEBEN DARSE A CONOCER A  LOS CIUDADANOS LOS NOMBRES DE TODOS LOS DELINCUENTES? Consideramos que la respuesta adecuada es la afirmativa, pues tal como decíamos ya al principio, los mecanismos de control son de dos tipos: 1] mecanismos de control técnico – positivos y 2] mecanismos de control culturales / morales. Y unos no pueden existir operativamente sin los otros. Entre ambos se puede lograr la transparencia en el manejo en los asuntos públicos, que convierta en efectiva la democracia. Que haga funcionar adecuadamente el sistema jurídico. Pero además, que permita el funcionamiento adecuado del sistema económico y del propio sistema cultural.




[1] José Manuel Otero  Novas: “LO QUE YO VIVÍ – Memorias políticas y reflexiones” //Editorial Prensa Ibérica. 1ª edición abril, 2015.
Véase también la reseña de la presentación de este libro en el Club de Prensa Asturiana, bajo el titular: “Otero Novas: <<El PSOE eliminó controles de la corrupción y el PP no los restauró<<”. Diario La Nueva España de 12 de mayo de 2015.
[2] Obra citada, pág. 468.
[3] Obra citada, pág. 470.
[4]CORRUPCIÓN Y TRANSPARENCIA EN EL MANEJO DE LOS ASUNTOS PÚBLICOS - 20, 21, 27 y 28 de noviembre de 2014”. El documento referido fue publicado con el título “DE CORRUPCIÓN Y TRANSPARENCIA” con fecha 13 de noviembre de 2014.